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Rectificatoria

Término del glosario tributario · Actualizado 15 de May, 2026

Definición

Es aquella operación que permite al contribuyente modificar los datos de la base imponible, tasa, créditos o impuestos consignados en su declaración primitiva, quedando obligado a un mayor pago efectivo de impuestos. También recibirán la denominación de rectificatorias aquellas declaraciones que complementan a una anterior, que no implican una modificación de las bases imponibles o impuestos ya declarados, sino que permite informar nuevos impuestos no declarados anteriormente.

Fuente: Diccionario Básico Tributario SII →

Jurisprudencia TTA (ejemplos de uso)

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