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Tribunal de Coquimbo
ARGANDOÑA ROMERO con SII-DIRECCIÓN REGIONAL LA SERENA
Fecha: 12-03-2013 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT
RECHAZA No Ha Lugar
Arquitecto no emitió factura por trabajos de construcción y remodelación. Tribunal confirma infracción y aplica multa del 100% del monto de la operación ($11.786.199) más clausura de 5 días.
Sebastián Argandoña Romero, arquitecto, prestó servicios de construcción y remodelación de un laboratorio de biotecnología a la empresa Brotar Ltda. durante 2012, por un monto de $11.786.199 pagado mediante cheques. El reclamante alegó haber prestado solo servicios de diseño y dibujo arquitectónico, no pagados, sin obligación de emitir factura. El SII denunció infracción por no otorgar boleta, factura o guía de despacho.
El tribunal estableció que Argandoña actuó en conjunto con otro constructor (Vittorio Eccher) en la ejecución de una obra de construcción, configurando una comunidad o sociedad de hecho. Como contribuyente desde 2007 en diseño arquitectónico, conocía sus obligaciones tributarias. Los correos electrónicos, cheques cobrados, declaración jurada de su socio y testimonios de los mandantes acreditaron la existencia del contrato de construcción gravado con IVA. Conforme a los artículos 52 y 55 del DL 825, estaba obligado a emitir factura. Se confirmaron agravantes por conocimiento de la obligación y
Rechazó el reclamo, confirmó la denuncia N° 1023942. Aplicó multa del 100% del monto de operación ($11.786.199) y clausura de oficina por 5 días. Sin condena de costas. Autorizó al SII a ejecutar medidas coercitivas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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