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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
INMOBILIARIA EL BOSQUE S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 28-11-2022 · Materia: Liquidación · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Inmobiliaria El Bosque contra liquidaciones del SII por AT 2014, confirmando desconocimiento de gastos financieros e intereses no acreditados fehacientemente.
Inmobiliaria El Bosque S.A., sociedad inmobiliaria dedicada a construcción y venta de cuatro proyectos entre 2008-2013, presentó declaración de renta AT 2014 solicitando devolución de $99.755.826 por PPUA. El SII realizó fiscalización selectiva rechazando diversas partidas: gastos financieros por reestructuración ($398.810.434), costo venta terrenos ($42.101.053) y cuentas por pagar ($49.072.047), alegando falta de acreditación fehacienta de los gastos y su vinculación con generación de rentas. La contribuyente reclamó contra liquidaciones N° 357-358 de 28.10.2016.
El tribunal examina los requisitos copulativos del artículo 31 LIR para deducción de gastos: necesariedad, acreditación fehaciente, devengamiento en el período y relación con giro del negocio. Analiza específicamente el artículo 31 inciso 3 N°1 sobre intereses, estableciendo que no se aceptan deducciones de intereses sobre créditos empleados en adquisición de bienes que no produzcan rentas gravadas. Concluye que la contribuyente no acreditó durante la fiscalización la efectividad, origen de transferencias, destino de préstamos, necesariedad y materialidad de los gastos cuestionados. Las liquid
Se rechaza el reclamo de Inmobiliaria El Bosque S.A. contra las liquidaciones N° 357-358 de 28.10.2016, confirmándose el obrar del SII en su emisión. Se mantienen desconocidos los gastos financieros, intereses y cuentas por pagar no acreditados fehacientemente.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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