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Tribunal de la Araucanía
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL TEMUCO con SEGUEL MALDONADO
Fecha: 18-01-2023 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
RECHAZA No Ha Lugar
Se sanciona a contribuyente por aumento indebido de crédito fiscal de IVA mediante factura falsa de Hualles del Sur SpA, en período abril 2018, conforme artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario.
Edison José Miguel Seguel Maldonado, ingeniero constructor, registró en formulario 29 de abril 2018 crédito fiscal de $779.000 amparado en factura N°55 de Hualles del Sur SpA por $4.879.000, consistente en servicios de movimiento de tierra. Durante fiscalización, el contribuyente reconoció no haber verificado la ocurrencia de servicios, no haber pagado la factura, desconocer al proveedor y su representante legal. Acreditó estar trabajando en Frutillar en ese período. Posteriormente presentó declaración rectificatoria rebajando el crédito fiscal cuestionado.
El tribunal constata que la factura N°55 corresponde a un documento ideológicamente falso, ya que Hualles del Sur SpA, pese a iniciar actividades el 7 de marzo 2018, no registra compras de activos, personal contratado, boletas de honorarios, declaraciones juradas N°1879 y 1887, ni vehículos a su nombre para desarrollar operaciones declaradas. La factura fue facilitada a terceros contribuyentes como documento inexistente. El contribuyente admitió la falsedad de la operación durante la fiscalización y rectificó voluntariamente su declaración. El perjuicio fiscal ascendió a $827.298 actualizado.
El tribunal acoge la denuncia del Servicio de Impuestos Internos y sanciona a Edison José Miguel Seguel Maldonado por infracción tributaria tipificada en artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario, considerando como atenuantes su colaboración, comparecencia, rectificación voluntaria y conducta anterior intachable.
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