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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
EMPRESAS TECSA SA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DRM STGO ORIENTE
Fecha: 14-02-2023 · Materia: Liquidación · Juez: Álvaro Ernesto Gómez Fuentes
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal confirma liquidación por impuesto Art. 21 LIR contra Empresas Tecsa SA, rechazando reclamo por falta de acreditación de gastos financieros, ajustes tributarios y derecho a devolución de PPUA por AT 2014.
Empresas Tecsa SA declaró pérdida tributaria de $976.286.803 en AT 2014 y solicitó devolución de PPUA por $165.968.757. El SII objetó la declaración por inconsistencias en créditos y controles. Tras citación, el SII emitió Liquidación N°49 por $334.049.655 más reajustes e intereses por concepto de impuesto del artículo 21, observando: intereses por reestructuración, bajas de activo fijo, corrección monetaria de inversiones y controles de créditos para PPUA. La contribuyente no acreditó fehacientemente origen y utilización de fondos prestados.
El tribunal estableció que la carga probatoria recae en el contribuyente conforme art. 21 CT. Respecto a intereses devengados, la reclamante no acreditó con documentación completa el origen de deudas ni la efectiva utilización de fondos en actividades generadoras de renta, siendo insuficientes los antecedentes aportados. En corrección monetaria de inversiones, se acogió parcialmente el ajuste propuesto por la contribuyente. Sobre PPUA, no se acreditó la composición del FUT ni los créditos asociados con toda la documentación contable y certificados requeridos. La contribuyente debía aportar lib
Rechaza reclamo y confirma Liquidación N°49 en todas sus partes. No condena en costas por motivos plausibles para litigar. Ordena girar impuestos, reajustes e intereses correspondientes.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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