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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
GAMASI ASESORIAS E INVERSIONES LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 28-04-2023 · Materia: Liquidación · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Tribunal confirma liquidaciones por mayor valor no declarado en enajenación de derechos sociales mediante operación triangular calificada como abuso de forma.
GAMASI ASESORÍAS E INVERSIONES LIMITADA participó en reorganización empresarial del 2 al 6 de febrero de 2009. Aportó 49,9% de derechos en Hidro Inversiones Ltda. (valuados $74.871.742) para constituir Lavasecos Casablanca Ltda. el 2.02.2009. Tres días después (5.02.2009) retiró $569.629.160 en efectivo aportado por Pressto Chile S.A. Finalmente (6.02.2009) vendió sus derechos en Lavasecos por $12.383.938. El SII constató que dineros de Pressto fueron retirados por los socios como precio de venta de derechos sociales, no como aporte de capital, generando mayor valor no tributado de $507.141.35
El Tribunal aplicó la doctrina del levantamiento del velo corporativo, concluyendo que la operación fue desvirtuada en su forma. Aunque formalmente aparecía como aporte seguido de retiro y venta, sustancialmente correspondía a enajenación de derechos sociales efectuada a través de terceros. Los dineros nunca ingresaron como capital a Lavasecos sino que fueron precio de venta. La operación buscaba eludir tributación en Primera Categoría del mayor valor. Se confirmó prescripción extraordinaria de 6 años del artículo 200 CT. La notificación por correo electrónico fue válidamente efectuada conform
Se deniega el reclamo y se confirman las Liquidaciones N°1065 y 1066 de 30.08.2016 en todas sus partes, por mayor valor de $507.141.356 generador de impuesto Primera Categoría de $96.734.016 más reajustes e intereses, y reintegro de $686.682 más reajustes e intereses, con aplicación de multa por retardo.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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