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Tribunal del Biobio
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL CONCEPCIÓN con CAREAGA INOSTROZA
Fecha: 28-06-2023 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal confirma infracción tributaria: empresa sub-declaró débito fiscal IVA y sobre-declaró crédito fiscal IVA entre 2017-2020, ocasionando perjuicio fiscal de $29.919.918. Se aplica multa de $61.874.390 (200% de impuestos eludidos).
RC Aseo Industrial SpA, representada por Rubén Leonardo Careaga Inostroza, presentó declaraciones tributarias maliciosamente incompletas durante 2017-2020. Entre octubre 2017 y diciembre 2018, sub-declaró débito fiscal IVA en 12 formularios 29 por $13.343.435. Entre enero 2019 y diciembre 2020, sobre-declaró crédito fiscal IVA en 16 períodos mensuales por $16.576.483. El contribuyente reconoció en declaración jurada de febrero 2022 que alteró deliberadamente sus declaraciones de formularios 29 debido a una enfermedad, con intención de reducir su carga impositiva.
El tribunal confirmó que los hechos denunciados constituyen infracciones tipificadas en artículo 97 N°4 incisos 1° y 2° del Código Tributario. Sin presentar descargos, la contribuyente no controvertió los hechos acreditados por expediente de auditoría, registros contables y su propia declaración jurada. El dolo quedó establecido pues subdeclaró débitos y sobredeclaró créditos deliberadamente. Respecto circunstancias modificatorias del artículo 107: no concurre reincidencia (atenuante), posee grado de cultura suficiente (agravante), posee conocimiento de obligación legal (agravante), perjuicio
Se confirma infracción denunciada en artículos 97 N°4 incisos 1° y 2° del Código Tributario. Se impone multa de $61.874.390 (equivalente a 200% de impuestos eludidos reajustados a junio 2023). Se ordena girar la multa. Sin condena en costas. Director Regional debe asegurar cumplimiento administrativo.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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