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Tribunal de Coquimbo
VELASQUEZ RIVERA con SII-DIRECCION REGIONAL LA SERENA
Fecha: 24-04-2013 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT
ACOGE Ha Lugar
Se acogió el reclamo contra infracción por falta de documentos en transporte de mercaderías, al establecerse que el contribuyente exhibió guía de despacho válida que la fiscalizadora desestimó sin fundamento legal.
El 21 de febrero de 2013, se fiscalizó a Humberto Velásquez Rivera transportando 12.000 kilos de avena y 500 kilos de trigo desde Chillán a Ovalle. Se le curió infracción por no portar documentos legales. El reclamante alegó que compró las mercaderías el 5 de febrero con factura, las dejó en depósito del vendedor, y posteriormente emitió guía de despacho propia para trasladarlas. La funcionaria desestimó la guía exhibida sin reconocer su validez.
El tribunal aplicó el principio de que en infracciones sancionatorias corresponde al denunciante demostrar los elementos constitutivos, y valoró la prueba conforme sana crítica. Determinó que la compraventa perfeccionó el 5 de febrero mediante tradición simbólica con factura emitida. El traslado posterior del 21 de febrero, siendo ya el contribuyente propietario, requería guía de despacho propia conforme artículo 55 DL 825, la cual fue exhibida. La funcionaria fiscalizadora reconoció en audiencia que el contribuyente portaba guía de despacho y la desestimó sin fundamentos legales válidos.
Se acogió el reclamo dejando sin efecto la denuncia de infracción N° 1163912 de 21 de febrero de 2013. No se condenó en costas por existir motivos plausibles para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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