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Tribunal de la Araucanía
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL TEMUCO con Construcciones Juan Alberto Aguayo Muñoz EIRL
Fecha: 25-09-2023 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
ACOGE Ha Lugar
Condena a empresa por falsificar facturas electrónicas y no declarar débitos de IVA ni ingresos en declaraciones de renta, eludiendo impuestos por $27.779.664.
Construcciones Juan Alberto Aguayo Muñoz E.I.R.L. emitió facturas electrónicas legítimas a terceros y posteriormente las adulteró mediante software de edición de imágenes, utilizando la misma numeración para respaldar operaciones con la Municipalidad de Carahue. Las facturas falsificadas no fueron registradas en libros contables ni declaradas en formularios 29 (IVA) ni 22 (renta). La empresa entregó estos documentos adulterados a la municipalidad para cobrar servicios reales. El representante legal reconoció la adulteración de facturas para reducir la carga tributaria. El perjuicio fiscal alca
El tribunal estableció que el Servicio de Impuestos Internos acreditó la infracción mediante pruebas suficientes: facturas originales y adulteradas, declaraciones juradas de terceros y funcionarios municipales, libros contables que no registran las operaciones con la municipalidad, y reconocimiento del representante legal. La conducta constituye infracción del artículo 97 N°4 inciso 1° del Código Tributario por declaraciones maliciosamente falsas e incompletas. El dolo se establece por: falsificación deliberada de facturas, omisión intencional del registro contable, presentación de declaracion
Se confirma el acta de denuncia y se condena a Construcciones Juan Alberto Aguayo Muñoz E.I.R.L. al pago de multa de $27.779.664 (equivalente al 100% de los impuestos evadidos) por infracción del artículo 97 N°4 inciso 1° del Código Tributario. Se condena al pago de costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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