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Tribunal de Coquimbo
ARAYA ESPINOSA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL LA SERENA
Fecha: 11-04-2024 · Materia: Giro · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de contribuyente contra giros de impuestos derivados de declaraciones rectificatorias que él mismo solicitó y firmó, aunque alega fraude de su contador.
Rosamel Araya Espinoza, empresario individual con giro en corretaje agrícola y servicios de alimentación, fue notificado de fiscalización por aumento artificial de crédito fiscal sin respaldo en 2021-2022. Su contador, Carlos Azola Zumarán, emitió facturas no autorizadas a terceros y rectificó declaraciones. Araya alega que Azola se aprovechó de su confianza, confesó la venta de facturas y fraude, además de emitir giros sin su conocimiento. Sin embargo, Araya firmó personalmente las cartas de solicitud de rectificatoria y los borradores de formularios 29, según documentos del SII.
El tribunal establece que las rectificatorias constituyen actos voluntarios que requieren manifestación expresa de voluntad del contribuyente conforme al artículo 21 del Código Tributario. Analiza que Araya firmó personalmente las solicitudes de rectificatoria y borradores de formularios 29, conforme lo corroboran testigos del SII y el propio contador. Aplica doctrina de actos propios señalando que no puede impugnarse lo que voluntariamente se solicitó. Respecto al fraude alegado, indica que corresponde a la justicia penal y que el eventual perjuicio ya está siendo reparado directamente por el
No ha lugar al reclamo. Se confirman todos los giros y declaraciones rectificatorias de períodos marzo 2021 a marzo 2022. Se condena al reclamante al pago de costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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