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Tribunal del Biobio
VELÁSQUEZ SÁNCHEZ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL CONCEPCIÓN
Fecha: 15-04-2024 · Materia: Artículo 8 bis CT · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamación por vulneración de derechos al anular resolución del SII que negaba uso de certificado digital a representante legal para emitir documentación tributaria de su representada, por falta de resolución fundada conforme a ley.
Néstor Velásquez Sánchez, representante legal de Inversiones Pesqueras SpA, solicitó el 23 de diciembre de 2020 folios para emitir facturas electrónicas usando su certificado digital. El SII negó la solicitud alegando que figuraba con situación pendiente de delito tributario. El 31 de diciembre de 2020 interpuso recurso de resguardo conforme al artículo 8 bis del CT, que fue rechazado por Resolución Exenta n.° 5 de 18 de enero de 2021. El reclamante denunció vulneración de derechos constitucionales.
El Tribunal constató que el SII negó el certificado digital sin emitir resolución fundada conforme exige el artículo 8 ter del CT, que autoriza diferir, revocar o restringir autorizaciones solo para contribuyentes en situaciones del artículo 59 bis letras b), c) y d). La Circular n.° 19 de 1995 y Resolución Exenta n.° 45 de 2003 no pueden aplicarse a situaciones no reguladas expresamente por ley. Aunque Velásquez estaba querellado por delito tributario, el tribunal consideró que no existía norma legal que facultara al SII a negarle el certificado digital para actuar en nombre de su representad
Acoge reclamación por vulneración de derechos. Deja sin efecto Resolución Exenta n.° 5 de 18.01.2021. Autoriza a Velásquez usar certificado digital para actuar por Inversiones Pesqueras SpA y elimina observación de sus registros. Sin condena en costas por motivos plausibles para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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