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Tribunal R. Metropolitana. Primero
ELABORADORA DE PRODUCTOS DE COBRE S.A. y otro con DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO NORTE
Fecha: 15-04-2024 · Materia: Liquidación · Juez: Felipe Alberto Muñoz Albonico
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de EPC contra liquidaciones de IVA e impuesto único del art. 21 LIR por uso de facturas ideológicamente falsas, confirmando determinación del SII por adeudos de $6.925 millones.
Elaboradora de Productos de Cobre S.A. (EPC) recibió Liquidaciones Nº 122-127 del SII de julio 2017 determinando adeudos por IVA e impuesto único del art. 21 LIR. El SII cuestionó facturas de cinco proveedores de reciclaje calificadas como ideológicamente falsas. EPC alegó que cumplía requisitos para crédito fiscal conforme art. 23 Nº5 Ley IVA, que la acción estaba prescrita, doble imposición respecto de Liquidación 292 de 2015, e indebida aplicación de multas. El monto total actualizado a julio 2017 alcanzaba $6.925.948.605.
El tribunal considera que el SII actuó conforme a derecho al determinar hechos gravados en las liquidaciones. Respecto de IVA (Liquidaciones 123-126), el contribuyente no acreditó cumplimiento del art. 23 Nº5 inciso cuarto de Ley IVA sobre falta de conocimiento o participación en falsedad de facturas. En cuanto a impuesto único del art. 21 LIR (Liquidaciones 122 y 127), los desembolsos rechazados constituyen hechos gravados distintos al gravado por tasación en Liquidación 292. La prescripción ordinaria de 3 años fue interrumpida por actuaciones del SII. No hay doble imposición al tratarse de h
Se rechaza el reclamo en todas sus partes y se confirman Liquidaciones Nº 122 a 127 del 12 de julio de 2017 emitidas por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Norte del SII, con condena en costas al reclamante.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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