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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
VOX COMUNICACIÓN ESTRATEGICA SPA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 19-04-2024 · Materia: Liquidación · Juez: Álvaro Ernesto Gómez Fuentes
PARCIAL Confirmatorio Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo de Vox Comunicación Estratégica SPA contra liquidaciones de impuesto único del artículo 21 LIR, aceptando gastos de pasaje aéreo y movilización, rechazando otros gastos por falta de acreditación de necesariedad.
Vox Comunicación Estratégica SPA fue notificada el 28.04.2017 de la Citación N° 66 por observaciones en remuneraciones y gastos deducidos. Presentó respuesta el 29.06.2017. El 30.08.2017 se notificaron las Liquidaciones 217 y 218 por impuesto único de $61.210.077 y reintegro de $36.277.127. La reclamante impugnó diversas cuentas contables rechazadas: capacitación, honorarios, arriendos, colación, gastos generales, publicidad, asesoría legal, pasajes aéreos, gastos de representación, seguros, movilización, otros gastos varios, y egresos no operacionales.
El tribunal analizó cada cuenta cuestionada aplicando el artículo 31 LIR sobre deducibilidad de gastos y el artículo 21 LIR sobre impuesto único. Exigió prueba suficiente de necesariedad de gastos y vinculación con la generación de ingresos. Rechazó cuentas por falta de acreditación: capacitación, honorarios, colación, publicidad, asesoría legal, gastos de representación y egresos no operacionales. Acogió gastos de pasaje aéreo y movilización por encontrarse debidamente acreditados en su efectividad y necesariedad. Respecto a otros gastos varios, distinguió entre ajustes financieros (no gravab
Fallo acoge en parte el reclamo. Confirma las Liquidaciones 217 y 218 en cuanto a la mayoría de los rechazos, pero reconoce como deducibles gastos de pasaje aéreo ($414.005), movilización ($5.891.044) y actividad deportiva recreativa ($1.848.890). No se condena en costas. Notificación por carta certificada y publicación en sitio web del tribunal.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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