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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO CENTRO con BARRIGA CAROCA
Fecha: 18-06-2024 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal condena a contribuyente por obtener indebidamente devoluciones de impuestos mediante maniobras fraudulentas, declarando créditos inexistentes en código 58 del formulario 22 en años tributarios 2018-2021.
Francisco Javier Barriga Caroca, vendedor comisionista RUT 19.521.869-2, realizó declaraciones rectificatorias de impuesto a la renta para los años tributarios 2018 a 2021, declarando en el Código 58 del Formulario 22 créditos puestos a disposición de socios por $500.000 anuales, sin que sociedad alguna de la cual fuera accionista declarara tales créditos. Obtuvo devoluciones indebidas por $2.306.500 total. Actuó con intermediarios (Cristóbal Contreras y contador Cristian Verdugo Bresler), pagando $200.000 por el trámite. Fue identificado entre 11 contribuyentes que ejecutaron la misma maniobr
El tribunal aplica sana crítica conforme artículo 132 CT. Considera que la presunción de legalidad de actos administrativos puede desvirtuarse. Acredita mediante Informe N°255 del SII y cuaderno de antecedentes la existencia de maniobras fraudulentas reiteradas en 4 períodos tributarios. Valida la decisión del Director SII de perseguir solo multa (art. 162 inc. 3º CT). Analiza requisitos del art. 97 N°4 inc. 3º CT: existencia de simulación/maniobra fraudulenta y obtención de devoluciones indebidas, ambas probadas. Aplicando art. 107 CT determina 3 atenuantes (no reincidente, cooperación en dec
Se confirma el Acta de Denuncia N°04 de 21.03.2024 por infracción al artículo 97 N°4 inciso tercero CT. Se aplica multa al 100% del monto defraudado acreditado y actualizado a junio 2024, equivalente a $2.341.097. Ordena giro de multa por SII y notificación al contribuyente.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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