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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO SUR con TRANSPORTES Y ESTRUCTURAS METALICAS LUIS IGOR ARRO
Fecha: 05-07-2024 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Álvaro Ernesto Gómez Fuentes
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal condena a empresa por usar facturas falsas para aumentar indebidamente crédito fiscal IVA, imponiendo multa del 100% del monto defraudado ($4.953.011).
Transportes y Estructuras Metálicas Luis Igor Arroyo Villacura E.I.R.L. registró y declaró IVA crédito fiscal amparado en documentación falsa entre octubre 2017 y mayo 2019. Recibió 11 facturas electrónicas falsas de 6 supuestos proveedores por $22.593.947 con IVA crédito fiscal de $3.607.437. Las facturas fueron facilitadas por contadora María Cecilia Abarca Sánchez, quien concertaba a emisores y receptores. Los emisores carecían de activos y personal para realizar las operaciones indicadas. El representante legal reconoció las maniobras ante el SII.
El tribunal estimó acreditada la infracción tipificada en artículo 97 N°4 inciso segundo del CT, consistente en maniobra maliciosa para aumentar créditos IVA. Consideró que el denunciado conocía o no podía menos que conocer la falsedad de las facturas, dado que fue directamente beneficiado. La conducta fue sucesiva y reiterada durante dos años comerciales. Al ponderar circunstancias del artículo 107 CT (sin reincidencia, cultura tributaria, dolo evidente, perjuicio fiscal de $3.607.437 y cooperación en declaración), se concluyó aplicar multa al 100% del monto defraudado actualizado.
Se confirma Acta de Denuncia N°4 por infracción a artículo 97 N°4 inciso segundo CT. Se aplica multa del 100% del monto defraudado actualizado a julio 2024, ascendente a $4.953.011, a ser girada por el SII en oportunidad legal.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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