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Tribunal de los Rios
VAN NIEVELT NICOREANU con SII REGION DE LOS RIOS
Fecha: 21-06-2013 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de avalúo de bien raíz no agrícola por no fundarse en causales legales taxativas del artículo 149 del Código Tributario.
Don Hendrik Van Nievelt Nicoreanu reclama el avalúo del Rol 149-17, correspondiente a una parcela del Condominio El Mirador en Futrono, determinado conforme a Leyes 17.235, 20.455 y 20.650. El avalúo 2013 fue de $46.619.955, aumentando desde $34.507.518 en 2012. El reclamante sostiene que el avalúo fiscal supera en 50,53% al valor comercial de 1.350 UF ($30.969.027), que el aumento excede el 25% permitido, y que la ubicación lejana del lago justifica menor valor que propiedades cercanas.
El Tribunal analiza si los argumentos se encuadran en las causales taxativas del artículo 149 del Código Tributario: (1) determinación errónea de superficie; (2) aplicación errónea de tablas de clasificación; (3) errores de transcripción, copia o cálculo; (4) inclusión errónea de mayor valor por mejoras. El reclamo se funda en: aumento excepcional sobre 25%, discrepancia con valor comercial y ubicación geográfica lejana del lago. Ningún argumento encuadra en las causales legales. El tercer argumento sobre ubicación podría relacionarse vagamente con causal 2°, pero se presenta en términos tan i
Se rechaza la reclamación tributaria interpuesta por Van Nievelt Nicoreanu respecto del reavalúo del Rol 149-17 por no fundarse en causales legales. No se condena en costas por estimarse motivos plausibles para litigar.
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En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
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