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Tribunal R. Metropolitana. Primero
AGENCIA DE ADUANAS JORGE E. CELIS CORNEJO CIA. LTD con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO CENTRO
Fecha: 22-11-2024 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra liquidaciones por subdeclaración de RLI del AT 2017, al no acreditarse la procedencia de gastos deducidos ni pérdidas de arrastre, confirmando determinación indirecta del 10% del capital efectivo.
Agencia de Aduanas reclama liquidaciones N°480 y 481 por subdeclaración de RLI AT 2017, alegando pérdida de arrastre de $72.461.979. SII requiere antecedentes desde AT 2011. Contribuyente no entrega documentación completa, alegando ampliación indebida de requerimiento, COVID-19 y enfermedad del contador. SII aplica presunción del artículo 35 inciso 3° LIR (10% capital efectivo). Reclamante alega vicios procedimentales: infracción arts. 8 bis N°4, N°7, N°18, art. 59 y 200 CT; falta de certificación de documentos; contradicción con historial que indicaba declaración aceptada.
Tribunal rechaza alegaciones de nulidad: (1) Requerimiento de antecedentes ampliado fue legítimo dada la pérdida de arrastre que obliga revisar años anteriores; (2) No se acreditó malicia ni declaración falsa que justifique prescripción extraordinaria, pero pérdida de arrastre permite revisar origen de la pérdida; (3) Citación cumple requisitos del art. 63 CT; (4) Contribuyente no probó cumplimiento de requisitos arts. 30 y 31 LIR para deducir gastos (remuneraciones, arriendos, servicios); (5) No acompañó contratos, comprobantes, ni explicó necesidad y relación con giro; (6) Aplicación del art
Rechaza reclamo y confirma Liquidaciones N°480 y 481 de 17 julio 2020. No condena en costas por motivo plausible para litigar.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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