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Tribunal del Biobio
INMOBILIARIA LA RESERVA S.A con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL CONCEPCIÓN
Fecha: 28-11-2024 · Materia: Giro
ACOGE Ha Lugar
Se acogió reclamo contra giros de sobretasa por sitio eriazo al constatarse servidumbre de acueducto con infraestructura sanitaria que limita edificabilidad del predio.
Inmobiliaria La Reserva SpA fue gravada con sobretasa por sitio eriazo en predio rol 1009-01 de Tomé mediante giros del 4 de abril de 2024. El inmueble tiene inscrita una servidumbre de acueducto a favor de ESSBIO S.A. constituida en 2017 y ratificada en 2018, con instalaciones sanitarias que atraviesan 3.606,07 m² del terreno. La reclamante argumentó que la existencia de infraestructura sanitaria impide considerar el predio como eriazo y demanda dejar sin efecto los giros.
El Tribunal estimó que la servidumbre de acueducto constituye una limitación legal de edificabilidad equiparable a aquella que descarta la sobretasa según Circular SII N° 23 de 2006. Rechazó que se requiera Certificado de Informaciones Previas de utilidad pública, ya que la servidumbre no es declaración de utilidad pública expropiatoria sino restricción específica inscrita en el Conservador. Consideró que el Oficio 4961 de 2006 del propio SII excluía sobretasa en sitios con infraestructura sanitaria superficial o en subsuelo. Confirmó jurisprudencia anterior del Tribunal sobre casos análogos.
Se acogió la reclamación y dejaron sin efecto los giros N° 1901009124 y 1901009224 ambos de 4 de abril de 2024. Se condenó en costas a la parte vencida (SII) y se ordenó cumplimiento administrativo por la Dirección Regional.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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