Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal R. Metropolitana. Tercero
FERNANDEZ RUIZ con XIII SII DRM STGO CENTRO
Fecha: 29-11-2024 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de contribuyente contra liquidaciones de IGC 2016 por subdeclaración de rentas de arriendo pagadas extemporáneamente, confirmando aplicación correcta del artículo 21 inciso 3º LIR.
Gonzalo Fernández Ruiz, representante legal de Asesorías e Inversiones Sintra Ltda, celebró contrato de arriendo con opción de compra el 1 de enero de 2009 respecto de inmueble ubicado en calle Manuela Cañas 2248, Vitacura. El contrato estipulaba pago de canon de arriendo el 31 de diciembre de cada año. El reclamante no pagó rentas durante 8 años. Recién en 2017, tras fiscalización del SII, efectuó pagos extemporáneos. SII liquidó IGC 2016 y 2017 por subdeclaración de ingresos derivados del arriendo no incluidos en base imponible. Reclamante impugnó liquidaciones.
El tribunal analizó si el reclamante cumplió requisitos del artículo 21 inciso 3º LIR para deducir rentas de arriendo. Concluyó que el pago debe realizarse en el período correspondiente según lo pactado contractualmente (31 diciembre cada año). El pago efectuado en 2017 extingue la obligación civil pero no satisface el requisito tributario. El reclamante, siendo representante legal de la arrendadora, no podía desconocer el incumplimiento de pagos. Las rentas no fueron declaradas en AT 2016 y 2017, constituyendo subdeclaración. No existía motivo legal para diferir el pago ni para omitir su decl
Se rechaza el reclamo. Se confirman las Liquidaciones 735 y 736 de 26.07.2019 en todas sus partes. Se declara que no hay condena en costas por existir motivos plausibles para litigar.
Artículos citados:
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre 4.031 oficios + 830 circulares + 1.687 resoluciones del SII (2013-2026). Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.