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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO SUR con TRANSPORTES TERRESTRES RyR LTDA
Fecha: 29-11-2024 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
ACOGE Ha Lugar
Se confirma infracción al art. 97 N°4 inciso 2 CT: empresa utilizó maliciosamente facturas falsas para incrementar crédito fiscal de IVA, causando perjuicio fiscal de $30.945.007.
Transportes Terrestres R y R Ltda registró y declaró en octubre y diciembre 2018 IVA crédito fiscal amparado en facturas ideológicamente falsas emitidas por dos proveedores inexistentes (Comercial Juan Carlos Espinoza Morales E.I.R.L. y Comercial Eduardo Ariel Ortiz Ruiz E.I.R.L.). Las operaciones nunca se realizaron. La empresa rectificó posteriormente sus Formularios 29 eliminando estas facturas. Empresa similar (Constructora Visol Ltda) con misma administración fue fiscalizada y detectó 140 facturas irregulares. Los administradores y contador prestaron declaraciones juradas confirmando desc
El tribunal aplicó sana crítica conforme art. 132 CT. Acreditó mediante Informe de Recopilación de Delitos Tributarios y declaraciones juradas que existieron al menos 80 facturas irregulares en los Formularios 29 de octubre y diciembre 2018. Constató malicia: no era negligencia sino práctica constante de la administración, evidenciada por: (1) falta de órdenes de compra, (2) facturas ingresadas automáticamente sin respaldo, (3) no fueron pagadas, (4) similar conducta en empresa vinculada. Estableció que la empresa rebajó indebidamente el IVA adeudado mediante maniobra intencional. No acreditó
Se confirma Acta de Denuncia N°15 por infracción art. 97 N°4 inciso 2 CT. Se aplica multa del 100% del monto defraudado ($30.945.007). Se ordena al Director Regional ejecutar administrativamente lo resuelto. Cada parte paga sus costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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