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Tribunal R. Metropolitana. Segundo
COMERCIALIZADORA DE FRUTAS CENTRAL S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XVI DR SANTIAGO SUR
Fecha: 04-12-2024 · Materia: Liquidación · Juez: Óscar Meriño Maturana
ACOGE Ha Lugar
Tribunal anula liquidaciones de IVA por incumplimiento del plazo fatal de 6 meses para citar (Ley 18.320), falta de fundamentación y vulneración del derecho de defensa al incluir proveedores no citados previamente.
El SII emitió Notificación 261/2 el 15 de julio de 2016 requiriendo antecedentes de IVA de junio 2013 a junio 2016. La contribuyente solicitó prórroga hasta 15 de septiembre de 2016. El SII emitió Citación 207 el 23 de agosto de 2017 (5 meses después del plazo fatal de 6 meses contado desde 15 de marzo de 2017), por créditos fiscales no documentados y facturas no fidedignas. Posteriormente emitió Liquidaciones 1231 a 1271 de 28 de diciembre 2018 por diferencias de IVA de $2.597.801.858, incluyendo proveedores no citados.
El Tribunal constata que: (1) el plazo fatal para citar vencía el 15 de marzo de 2017 conforme a Ley 18.320, pero la Citación se practicó el 23 de agosto de 2017, violando la ley; (2) las Liquidaciones incluyen proveedores no individualizados en la Citación (Agro-Frutas Patricio Vega Monroy, Comercial CG S.A., Agrícola Agrinamarc y otros), afectando el derecho de defensa; (3) el Concepto B carece de fundamentación respecto a Sociedad Agrícola La Higuera y Agrícola Canta Rana; (4) el Concepto C detalla proveedores distintos a los citados (Juan Ramón Payera Melo, Paulina Lira Sagredo, Agrícola C
Se acoge la reclamación dejando sin efecto las Liquidaciones 1231 a 1271 de 28 de diciembre de 2018. Se anula la Citación 207 de 23 de agosto de 2017 por infracción de Ley 18.320 al exceder el plazo fatal de 6 meses. Se condena en costas al SII.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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