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Tribunal R. Metropolitana. Primero
INVERSIONES CONSOLIDADAS LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION GRANDES CONTRIBUYENTES
Fecha: 20-03-2025 · Materia: Liquidación · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Reclamo de Inversiones Consolidadas contra liquidación que aumentó impuesto único del artículo 21 LIR por diferencias en costos tributarios de inversiones nacionales y extranjeras, honorarios de asesorías rechazados.
Inversiones Consolidadas Limitada reclamó la Liquidación N°27 del 18 de enero de 2021, emitida por la Dirección de Grandes Contribuyentes del SII. La liquidación rebajó la pérdida declarada de $-4.870.717.605 a $-4.618.846.475, disminuyó PPUA con derecho a devolución de $825.780.912 a $788.206.364, y aumentó el impuesto único del artículo 21 de $22.032.889 a $572.185.297, resultando un monto a reintegrar histórico de $608.885.126 más reajustes e intereses por $1.224.315.766. La reclamante cuestiona diferencias en costos tributarios de inversiones en Arizona, Alabama, Blue Lagoon, Punta Lagunil
La reclamante argumenta que los costos tributarios de las inversiones fueron calculados conforme al artículo 17 N°8 y 41 N°8 de la LIR, considerando la corrección monetaria de la inversión al momento de la división de sociedades, siendo idéntica la suma de costos de las sociedades divididas al costo previo a la división. Respecto de las remesas al extranjero, sostiene que aportó cartas de instrucción de transferencia y escrituras públicas de aumento de capital, acreditando la materialidad de la inversión en Argentina y su conformidad con legislación extranjera. En cuanto a honorarios de asesor
El texto corresponde a los antecedentes de la demanda presentada por la reclamante, sin incluir la resolución del tribunal. No se presenta la parte dispositiva del fallo en el documento reproducido.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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