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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO CENTRO con Contreras Llanos
Fecha: 23-05-2025 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: María Francisca Villamán Rodríguez
ACOGE Ha Lugar
Se condena a contribuyente por obtener devoluciones indebidas de impuesto a la renta mediante declaraciones rectificatorias con créditos inexistentes, configurando fraude tributario conforme a art. 97 N°4 del CT.
Carolina Andrea Contreras Llanos, psicóloga con participación en Sociedad Comercial C y G Limitada, obtuvo devoluciones indebidas entre 2022 en los años tributarios 2018-2021 al declarar en código 58 del Formulario 22 créditos puestos a disposición de socios por $500.000, cuando su sociedad nunca declaró tales créditos ni en su declaración de impuesto a la renta ni en DJ 1837. El total defraudado ascendió a $1.698.500. La denunciada reconoció haber accedido a solicitar estas devoluciones a través de un contador, pagando una retribución de $150.000 por operación.
El tribunal estimó acreditado el dolo de la denunciada por cuanto: (1) tenía 14 años de experiencia profesional y fue representante legal de la sociedad, debiendo conocer si ésta había puesto créditos a su disposición; (2) participó activamente en obtener devoluciones respecto de múltiples años tributarios; (3) era ella quien poseía acceso a la información sobre créditos de su sociedad; (4) el contador solo dispuso de su clave personal; (5) la conducta constituye maniobra fraudulenta deliberada. Se descartó que el desconocimiento fuera creíble y que circunstancias personales (discapacidad, ces
Se acoge Acta de Denuncia N°7 de 21/03/2024. Se condena a Carolina Andrea Contreras Llanos por infracción art. 97 N°4 inciso tercero del Código Tributario a multa del 100% sobre monto defraudado ($1.698.500). Cada parte paga sus costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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