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Tribunal de la Araucanía
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL TEMUCO con OJEDA AROCA
Fecha: 02-07-2025 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
RECHAZA Confirmatorio Confirmatorio No Ha Lugar
SII denuncia a contribuyente por utilizar 9 facturas falsas para aumentar maliciosamente crédito fiscal de IVA entre marzo y noviembre 2021, infraacción tipificada en artículo 97 N°4 inciso 2° CT.
César Eduardo Ojeda Aroca, constructor, incorporó en sus declaraciones mensuales (formularios 29) entre marzo y noviembre 2021, un total de 9 facturas falsas emitidas por cuatro supuestos proveedores (Alex Villarroel Barría, Raúl Barrientos Guichaquelen, Orlando Jesús Arteaga Apablaza y Marcelo Gabriel Almonacid Heisinger) por montos que alcanzaban $121.261.000. Dichas facturas, que registraban servicios de transporte y confección de muebles, permitieron al contribuyente aumentar indebidamente su crédito fiscal del IVA, generando un perjuicio fiscal de $24.354.086. Los supuestos proveedores ca
El SII sostuvo que la conducta del denunciado configura infracción al artículo 97 N°4 inciso 2° CT por presentación maliciosamente falsa de declaraciones. La malicia tributaria en este contexto tiene carácter civil-administrativo, distinto del dolo penal, y se acredita por el uso de facturas ideológicamente falsas para revestir de realidad la utilización de crédito fiscal indebido. Las rectificaciones posteriores no excluyen el dolo inicial. Respecto de la prescripción, señaló que conforme al artículo 114 inciso 2° CT, la acción para perseguir pena de multa prescribe en los plazos de crímenes
Se acogieron parcialmente los descargos declarando prescritas las infracciones anteriores a julio 2021. Para infracciones posteriores a esa fecha, se mantuvo la denuncia sin resolverse definitivamente el monto de sanción en la sección visible del fallo.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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