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Tribunal R. Metropolitana. Segundo
FELMER DORNER con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO SUR
Fecha: 11-08-2025 · Materia: Giro · Juez: José Antonio Guerrero Uriarte
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra giros por justificación de inversiones en fondos mutuos, confirmando determinación del SII por impuesto Global Complementario y reintegro del artículo 97 LIR, al desestimar alegaciones de prescripción, falta de fundamentación e incongruencia.
Contribuyente reclamó giros N°6490381 ($238.110.553) y N°6490385 ($5.158.638) por inversiones no justificadas en fondos mutuos por $2.347.275.017 durante año comercial 2016. SII emitió Citación N°20 el 5/12/2019, contribuyente solicitó prórroga y dio respuesta parcial. Al no justificar $691.161.468, SII emitió Liquidaciones N°61 y 62 el 14/07/2020, notificadas por cédula el 24/07/2020, determinando Impuesto Global Complementario AT 2017 y reintegro artículo 97. Giros fueron notificados el 28/07/2021 por cédula en domicilio de Camino Cerrillo Linderos, Buin.
Tribunal desestima prescripción: plazo original vencía 30/04/2020, se amplió 3 meses por citación (01/08/2020) y 1 mes por prórroga solicitada (02/09/2020); liquidaciones notificadas 24/07/2020 están dentro de plazo e interrumpen prescripción para giros. Rechaza incongruencia: liquidaciones existen, fueron notificadas legalmente y son congruentes con giros. Desestima falta de fundamentación: giro es acto accesorio a liquidación, que es acto terminal con fundamentos de hecho y derecho; giros cumplen requisitos de forma y fondo propios de su naturaleza como órdenes escritas de pago. Rechaza vuln
NO HA LUGAR a la reclamación interpuesta por Fernando Felmer Dorner, confirmando íntegramente Giros N°6490381 y N°6490385 de fecha 21/07/2021. Sin condena en costas por existir motivos plausibles para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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