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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
LEAN KEMP con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO CENTRO
Fecha: 16-09-2025 · Materia: Artículo 8 bis CT · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA No Ha Lugar
Rechazo de reclamo por vulneración de derechos interpuesto por jubilado que alegaba cobro desproporcionado de contribuciones por aumento de avalúo de propiedad, por ser extemporáneo e improcedente.
Sergio Antonio Lean Kemp, jubilado de 77 años, interpone reclamo por vulneración de derechos contra el SII el 6 de octubre de 2022, alegando que las contribuciones de su propiedad (Rol 562-3, Ñuñoa) aumentaron desproporcionadamente sin considerar sus ingresos. Entre 2020 y 2022, el avalúo subió 52,22%, las contribuciones 49,38% y su ingreso solo 17,39%. Sostiene que el monto anual de contribuciones equivale a dos meses de su pensión y que entre 2021-2022 el avalúo aumentó $70.000.000. Funda su reclamo en el artículo 20 de la Constitución (tributos desproporcionados o injustos) e invoca vulnera
El tribunal analiza que el procedimiento especial de reclamo por vulneración de derechos (artículo 155 CT) procede solo contra actos u omisiones ilegales o arbitrarias que vulneren derechos específicos: numerales 21, 22 y 24 del artículo 19 CPR, o los derechos del artículo 8 bis CT. El reclamante invoca el artículo 20 CPR (tributos desproporcionados), que no está incluido en el catálogo taxativo de derechos protegibles por este procedimiento. El reclamo es extemporáneo: el revalúo general de bienes raíces no agrícolas para 2022 transcurrió entre abril y mayo de 2022, pero el reclamo se present
Se rechaza el reclamo por vulneración de derechos interpuesto por Lean Kemp por ser improcedente y extemporáneo. Se confirma íntegramente el actuar del Servicio de Impuestos Internos. No se condena en costas al reclamante por tener motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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