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Tribunal R. Metropolitana. Segundo
GONZÁLEZ SUAU con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO ORIENTE
Fecha: 24-10-2025 · Materia: Giro · Juez: José Antonio Guerrero Uriarte
ACOGE Ha Lugar
Se acoge reclamo contra giro del impuesto anual sobre bienes muebles de alto valor de embarcación exenta por tener propulsión a vela y arqueo bruto inferior a 20 toneladas.
El SII emitió Giro Folio N°12033747 de fecha 17 de abril de 2025 determinando impuesto anual del 2% sobre yate Hanse 315, matrícula N°5414, de propiedad de Pablo Rodrigo González Suau, por suma de $3.066.000. El contribuyente reclama señalando que la embarcación tiene como principal medio de propulsión la vela y posee arqueo bruto de 10 toneladas, inferiores al umbral de 20 previsto en la ley, por lo que se encuentra exenta del impuesto. El SII se allana completamente a la pretensión del reclamante.
No existe controversia en autos toda vez que el SII se allanó completamente a las pretensiones del contribuyente, reconociendo la improcedencia del giro por concurrir las causales de exención legal establecidas en el inciso quinto del artículo 9° de la Ley N°21.420. La embarcación tipo yate Hanse 315, matrícula N°5414, posee propulsión principal a vela y arqueo bruto de 10 toneladas, configurando la hipótesis de exclusión establecida en la referida norma. El acto administrativo impugnado determinó indebidamente un impuesto anual sobre un bien mueble exento.
Se acoge la reclamación interpuesta por Pablo Rodrigo González Suau. Se deja sin efecto el Giro Folio N°12033747 de fecha 17 de abril de 2025 emitido por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del SII. No se condena en costas al Servicio.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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