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Tribunal de la Araucanía
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL TEMUCO con SERVICIOS ETAÑO SpA
Fecha: 19-05-2026 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
ACOGE Ha Lugar
Tribunal confirma denuncia por uso indebido de crédito fiscal IVA sin respaldo documentario en 11 períodos tributarios. Condena a Servicios Etaño SpA al pago de multa equivalente al 200% de impuestos evadidos.
Servicios Etaño SpA, empresa dedicada a transporte, arriendo de maquinaria y compraventa de áridos, declaró créditos fiscales de IVA en formularios 29 durante julio 2020, enero a septiembre 2021 y abril 2022 por $52.820.104. Sin embargo, su Registro de Compras y Ventas solo registraba $22.372.114. El exceso de $30.447.990 (57,64% del total) carecía de respaldo documentario. Los representantes legales atribuyeron la confección de declaraciones a contadora externa, sin aportar documentación que justificara las diferencias detectadas durante la fiscalización del SII.
El tribunal acreditó mediante prueba documentaria y testimonial que la contribuyente aumentó maliciosamente el crédito fiscal sin respaldo documentario, con intención de disminuir ilícitamente su carga tributaria. Se verificó la concurrencia del elemento objetivo (datos no veraces en declaraciones) y subjetivo (conocimiento de falsedad). La denunciada no presentó descargos ni rendió prueba durante el procedimiento. El crédito sin respaldo representó más del 57% del total declarado, evidenciando propósito fraudulento. Se consideró que la empresa, operando desde 2018, tenía conocimiento adecuado
Se confirma Acta de Denuncia N°1/2026 por infracción al artículo 97 N°4 inciso segundo del CT. Se condena a Servicios Etaño SpA al pago de multa de $81.027.096, equivalente al 200% de los $40.513.548 en impuestos evadidos actualizados a septiembre 2025. Se condena en costas a la denunciada.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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