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Tribunal R. Metropolitana. Primero
BALBI ORDENES con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO ORIENTE
Fecha: 30-06-2026 · Materia: Liquidación
ACOGE+100M Ha Lugar Ha Lugar
Se acoge el reclamo tributario y dejan sin efecto las liquidaciones por donación encubierta, determinando que el SII no acreditó la configuración del hecho gravado ni la falta de buena fe, y que la acción fiscalizadora prescribió el 29 de septiembre de 2023.
Entre septiembre y noviembre de 2020, Miguel Enrique Antonio Balbi Campos (padre) cedió parcialmente un crédito contra la sociedad MB y Compañía Sociedad Colectiva Civil a sus cuatro hijos por UF 57.990,89 cada uno, mediante contratos de cesión de crédito. Los hijos suscribieron pagarés a favor del padre por igual monto (sin intereses ni plazo de vencimiento), y la sociedad suscribió pagarés a favor de los hijos. El SII fiscalizó inicialmente a la sociedad por PPUA en 2021, y posteriormente calificó estas operaciones como donaciones encubiertas conforme al artículo 63 de la Ley 16.271.
El tribunal determinó que: (1) la acción fiscalizadora del SII prescribió el 29 de septiembre de 2023 conforme al artículo 2521 del Código Civil, siendo las liquidaciones extemporáneas; (2) el artículo 200 del Código Tributario no aplica a fiscalizaciones del artículo 63 de la LIHAD; (3) siendo norma especial antielusiva, recae en el SII la carga probatoria para demostrar la donación encubierta y falta de buena fe del contribuyente; (4) los comprobantes de pagos de los hijos a su padre acreditan voluntad seria de obligarse y cumplimiento de obligaciones; (5) no se probó la falta de buena fe tr
Se acoge el reclamo interpuesto por los cuatro hermanos Balbi Órdenes contra las Liquidaciones 62, 63, 80/2 y 81/2 dictadas por el SII. Se dejan sin efecto todas las liquidaciones notificadas el 26 de enero de 2024. No se condena en costas.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 9.886 sentencias del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.652 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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