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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XVI DR SANTIAGO SUR con Huerta Reyes
Fecha: 11-11-2013 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
Tribunal condena a contribuyente por usar maliciosamente seis facturas falsas para aumentar crédito fiscal IVA, infringiendo artículo 97 N°4 inciso segundo CT, imponiéndole multa equivalente al 100% del monto defraudado ($15.319.667).
Juan Huerta Reyes, transportista de carga, registró en sus declaraciones mensuales de IVA facturas materialmente falsas en períodos julio, agosto, septiembre y noviembre de 2010. Las facturas (números 24612, 8432, 7755, 838, 921, 1062) diferían significativamente de los originales emitidos por los supuestos proveedores en fechas, montos y beneficiarios. El denunciado incluyó estas facturas en sus Formularios 29 solicitando devoluciones por crédito fiscal IVA por un total de $14.084.100. Verificaciones posteriores confirmaron la falsedad material de los documentos y que algunos tenían timbres i
El tribunal verificó que Huerta Reyes, como contribuyente afecto a IVA desde 1993, registró reiteradamente facturas falsas en cuatro períodos tributarios consecutivos. Las facturas objetadas presentaban discrepancias significativas con los duplicados SII aportados por los emisores: fechas distintas, montos muy inferiores, beneficiarios diferentes y un sello de timbraje (cuño 191) que no correspondía a los cuños vigentes en la jurisdicción. El contribuyente rectificó voluntariamente sus declaraciones tras detectarse las irregularidades, reconociendo no conocer a los supuestos proveedores. Se ac
Se confirmó el Acta Denuncia por infracción al artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario. Se aplicó multa de $15.319.667 (equivalente al 100% del monto defraudado debidamente actualizado) a Juan Alberto Huerta Reyes por maliciosamente registrar y utilizar facturas falsas para aumentar crédito fiscal IVA.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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