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Tribunal L.G.B. Ohiggins
Torres Bruna con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VI DR RANCAGUA
Fecha: 13-03-2014 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: Gonzalo Hernán Trabucco González
ACOGE Ha Lugar
Se acoge reclamo de contribuyente por reavalúo excesivo de propiedad no agrícola, rebajándose avalúo de $67.525.524 a $51.319.398 por no considerar torres de alta tensión que afectan el terreno.
Mauricio Torres Bruna reclamó contra el reavalúo de su propiedad Rol N° 155-101 ubicada en Camino Termas N° 1195, Machalí, efectuado por el SII a partir del 01 de enero de 2013. El avalúo se fijó en $67.525.524, aumentando las contribuciones de $132.043 a $288.686. Torres Bruna alegó que el inmueble es atravesado por torres de alta tensión que generan franjas de terreno no utilizable, lo cual no fue considerado en la tasación y hace excesivo el reavalúo.
El Tribunal constató que no existían hechos controvertidos, pues el SII reconoció en su contestación que las torres de alta tensión existentes en la propiedad no habían sido consideradas en la ficha técnica del área homogénea, produciendo un detrimento en el valor del suelo. El SII propuso una rebaja del avalúo a $51.319.398 y de las contribuciones a $239.053 (cuotas 1-2) y $247.242 (cuotas 3-4) del año 2013, reconociendo que procedía el ajuste por las instalaciones eléctricas. El Tribunal, considerando este reconocimiento y los documentos aportados sin objeción, concluyó que la rebaja procede
Se acoge el reclamo. Se deja sin efecto el avalúo fiscal de $67.525.524 y se fija en $51.319.398 a partir del 01 de enero de 2013. Se rebajan las contribuciones a $239.053 (cuotas 1-2) y $247.242 (cuotas 3-4) de 2013. No se condena en costas. Los intereses legales se devengarán desde que la autoridad emita documentos para pagar la nueva cuota.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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