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Tribunal de Coquimbo
CARRASCO ESPINOSA con SII DIRECCIÓN NACIONAL LA SERENA
Fecha: 27-10-2014 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
RECHAZA
Tribunal confirma infracción por no emisión oportuna de boletas. Contribuyente emitía documentos al final del día en lugar de en el momento de venta, infringiendo artículo 97 N°10 del Código Tributario.
Ana Carrasco Espinosa operaba local comercial de artículos de oficina y almacén en La Serena. Durante fiscalización de agosto 2014, se detectó que no emitía boletas al momento de las ventas, sino que las emitía al final del día basándose en cuaderno de control interno. Diferencia entre dinero en caja y boletas emitidas: $71.160 (día 13) y $45.500 (día 14), total $116.660. SII cursó infracción por no otorgar boletas en días 13 y 14 de agosto 2014.
Tribunal establece que quedó acreditada la infracción conforme reconocimiento de la reclamante en absolución de posiciones. Artículo 55 inciso sexto DL 825 exige emisión de boletas en momento de entrega real o simbólica de especies. Emitir boletas al final del día mediante anotaciones en cuaderno de control no cumple requisito legal, aunque pudiera cubrir pago de impuesto. Se rechazaron circunstancias agravantes: grado de cultura no fue acreditado por funcionarias (no entrevistaron a contribuyente sino a dependiente), años de actividad no prueban conocimiento específico de obligación, y no se
Se confirma denuncia de infracción N°1218087. Se aplica multa de 2 Unidades Tributarias Mensuales y clausura del establecimiento por 2 días. No se condena en costas por haber motivos plausibles para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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