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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
INGENIERIA Y MONTAJES TERMICOS ASITERM S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XVI DR SANTIAGO SUR
Fecha: 21-11-2014 · Materia: Liquidación · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
Tribunal rechaza reclamo contra liquidación de impuesto de primera categoría por exceso de gastos en remuneraciones, desestimando alegaciones de falta de citación previa y falta de acreditación probatoria.
Ingeniería y Montajes Térmicos Asiterm S.A. reclama contra Liquidación Nº 116000000017 de 16.12.13, que establece diferencia de Impuesto de Primera Categoría por exceso de gastos de remuneraciones deducidos en el Año Tributario 2011. El SII detectó inconsistencias entre Declaraciones Juradas F1879 y F1887 versus Formulario 22 (diferencia de $182.693.515), requirió documentación contable que la empresa no aportó. La contribuyente alega falta de citación previa obligatoria y que los gastos eran necesarios para producir renta.
El Tribunal confirma que: (1) tiene competencia para revisar documentos no acompañados en sede administrativa conforme arts. 21 inciso final, 124 y 132 del Código Tributario; (2) conoce la nulidad alegada regulada por Ley Nº 19.880 y CT; (3) la citación era facultativa pues no se cuestionó contabilidad sino inconsistencias en declaraciones; (4) la reclamante no acreditó presentar antecedentes al SII; (5) el SII comprobó existencia de inconsistencias procedentes; (6) pese a permitirse prueba en instancia judicial, la actora no aportó elementos probatorios idóneos de pagos de remuneraciones (bol
Rechaza reclamo y confirma Liquidación Nº 116000000017 de 16.12.13. No acoge solicitud de condonación de reajustes, intereses y multas. Sin condena en costas por estimarse motivo plausible para litigar.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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