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Tribunal R. Metropolitana. Primero
Salazar Rodríguez con SERVICIOS DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCIÓN REGIONAL
Fecha: 26-11-2014 · Materia: Liquidación · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo contra liquidación de Global Complementario 2010 por $34.016.399, dejando sin efecto la resolución al acreditar origen de fondos en inversiones inmobiliarias y fondos mutuos mediante contrato de mutuo y documentación bancaria.
Contribuyente Angélica Salazar Rodríguez realizó inversiones en 2009: compra de vehículo Nissan por $2.000.000 y fondos mutuos por $111.998.453. SII citó a justificar origen de fondos. Reclamante presentó contrato de mutuo con su hermano Jaime Salazar (quien recibió indemnización de seguros por ~$200.000.000), autorización manuscrita del hermano al banco y documentación de transacciones bancarias. SII liquidó por Global Complementario considerando insuficiente la acreditación. Reclamo se presentó dentro de plazo legal.
El tribunal aplicó reglas de sana crítica apreciando prueba en conjunto. Estableció que artículos 70 y 71 LIR requieren que contribuyente acredite origen de fondos; para Global Complementario es procedente acreditar por todos los medios de prueba. Consideró acreditado que hermano recibió indemnización de seguros (certificado Chubb Seguros, testimonios) y contrato de mutuo notarial explicaba origen y disponibilidad de fondos. Valoró consistencia entre fechas de contrato mutuo (5.10.2009), giro por caja bancario (15.10.2009) e inversión en fondos mutuos (15.10.2009). Estimó verosímil autorizació
Tribunal acoge reclamo de Angélica Susana Salazar Rodríguez. Deja sin efecto íntegramente Liquidación N° 924-3 de 24.10.2013. No condena en costas al SII por no haberlas solicitado y considerar tuvo motivo plausible para litigar.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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