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Tribunal de la Araucanía
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO con COM. Y PREST. DE SERV. HÉCTOR ZAPATA DIAZ EIRL.
Fecha: 17-12-2014 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
ACOGE Ha Lugar
Se sanciona a empresa por utilizar fraudulentamente seis facturas falsas para aumentar indebidamente su crédito fiscal de IVA, causando evasión tributaria por $7.150.327.
La Comercializadora y Prestación de Servicios Héctor Zapata Díaz E.I.R.L. fue denunciada por el SII el 22 de noviembre de 2013 por registrar y utilizar sistemáticamente seis facturas falsas de cuatro supuestos proveedores (Félix Antonio Castro Samuel, Roberto Garrido Zárate, Juan Navarrete Muñoz y José Villablanca Riquelme) durante enero y febrero de 2013. Mediante auditoría contable y tributaria, el SII verificó que se trataba de documentos falsos caracterizados como doble juego de facturas que utilizaban fraudulentamente información de verdaderos contribuyentes, declarando éstos desconocer l
El tribunal constata que el contribuyente no presentó descargos dentro del plazo legal establecido en el artículo 161 del Código Tributario, por lo que procede dictar sentencia sin más trámite. Según los antecedentes del acta de denuncia y documentación acompañada, el denunciado registró y utilizó sistemáticamente facturas falsas durante dos períodos tributarios mensuales, aumentando indebidamente su crédito fiscal sin acompañar antecedentes que demostrasen la efectividad de las operaciones descritas. Las facturas falsas corresponden a los presuntos emisores individualizados por los montos y f
Se sanciona al contribuyente por la infracción del artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario configurada por registro y utilización de crédito fiscal de IVA proveniente de facturas falsas, causando perjuicio fiscal de $7.150.327 actualizado a septiembre de 2013 por evasión de IVA.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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