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Tribunal de Coquimbo
SOCIEDAD AGRÍCOLA Y MINERA PELLEGRINI WEISHAUPT LT con SII DIRECCION REGIONAL LA SERENA
Fecha: 09-02-2015 · Materia: Liquidación · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de liquidaciones tributarias por incumplimiento del plazo de un mes para responder requerimiento y entrega incompleta de antecedentes, aplicando Ley 18.320 para IVA y artículo 200 CT para Renta.
Sociedad Agrícola y Minera Pellegrini Weishaupt fue requerida el 15 de noviembre de 2012 para presentar antecedentes al SII. La empresa respondió el 18 de diciembre de 2012, fuera del plazo de un mes establecido en la ley. Además, no acompañó la totalidad de documentación solicitada, faltando libros de compras, ventas, guías de despacho y libros contables de determinados períodos. El SII emitió liquidaciones N° 137 a 159 el 10 de julio de 2014 por $290.515.495, las que fueron reclamadas argumentando incumplimiento de plazos de prescripción.
El tribunal distingue entre liquidaciones de IVA (sujetas a Ley 18.320) y Renta (sujetas a régimen general). Respecto del IVA, concluye que la empresa incumplió el requisito fundamental de responder dentro del plazo de un mes y, además, no entregó la totalidad de antecedentes requeridos. Esto inhabilita los beneficios de la Ley 18.320, permitiendo al SII actuar dentro de plazos de prescripción del artículo 200 CT. Para las liquidaciones de Renta, el tribunal analiza el artículo 59 CT y concluye que no existe certificado válido de recepción de todos los antecedentes, requisito esencial para ini
Se rechaza el reclamo presentado por la empresa. Se confirman las liquidaciones N° 137 a 159 de 10 de julio de 2014. Se condena a la reclamante al pago de las costas del proceso.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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