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Tribunal de Coquimbo
SOCIEDAD INVERSIONES FARR E IRIBARREN LIMITADA con SII DIRECCIÓN REGIONAL LA SERENA
Fecha: 04-03-2015 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
RECHAZA Confirmatorio
Tribunal rechaza reclamo de sociedad por infracción al artículo 97 N°10 del CT por no emitir boletas de arriendo de cabañas. Condena a multa de $1.600.000 y 4 días de clausura.
En fiscalización de enero 2015, se detectó que la Sociedad Inversiones Farr e Iribarren no emitió boletas por dos servicios de arriendo de cabañas en su complejo turístico, pese a haber recibido pagos ($150.000 y $250.000). La contribuyente alegó que los servicios no se prestaron porque los clientes devolvieron el dinero, pero el tribunal constató que no existían boletas anuladas en el talonario y que los propios clientes declararon haber pagado y hospedado.
El tribunal estimó que los funcionarios del SII como ministros de fe acreditaron la falta de boletas al cotejar el Libro de Control de Pasajeros con el talonario de boletas. Se constató que los servicios fueron efectivamente prestados y pagados según las propias declaraciones de los clientes. Aunque existía infracción anterior de menor gravedad (boletas sin timbrar), esta es de distinta tipificación. Se rechazaron circunstancias agravantes como conocimiento especial y dolo, estimándose que la omisión fue por descuido. La multa fue aumentada a 400% del monto de operación ($400.000 determinados)
Se rechaza reclamo, se confirma denuncia N°1218022 y se condena a la sociedad a pagar multa de $1.600.000 (400% del monto operacional) y clausura del establecimiento por 4 días.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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