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Tribunal del Biobio
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCION con CONSTRUCTORA KROHNNILSEN LIMITADA
Fecha: 29-04-2015 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
RECHAZA No Ha Lugar
Se confirmó la infracción por uso de facturas falsas para aumentar crédito fiscal de IVA, imponiéndose multa del 230% de impuestos evadidos.
Constructora Krohnnilsen Limitada, representada por Leif Erik Nilsen Muñoz, registró en diciembre de 2011 cinco facturas falsas de proveedores (Ada Álvarez Henríquez y Carlos Gabriel Baeza Ulloa) por montos totales que llegaban a $4.098.080 en IVA. Los proveedores declararon bajo juramento no haber realizado operaciones con la empresa. Las facturas fueron utilizadas para aumentar indebidamente el crédito fiscal del período. El denunciado argumentó que desconocía la falsedad y que las operaciones fueron reales, pagadas en efectivo de manera parcelada.
El tribunal estableció que las facturas eran material e ideológicamente falsas, sin que correspondieran a operaciones efectivamente realizadas. Aunque el contribuyente reconoció la falsedad de las facturas, no acreditó la realidad de las operaciones que supuestamente sustentaban. Las declaraciones juradas de los proveedores, realizadas ante el SII como ministros de fe, confirmaron la inexistencia de transacciones. El tribunal presumió fundadamente dolo o malicia del denunciado al utilizar documentos falsos con intención de disminuir su carga tributaria, considerando la naturaleza y montos invo
Se confirmó la denuncia por infracción del artículo 97 N°4 inciso 2 del Código Tributario. Se aplicó sanción pecuniaria de multa por $10.433.577, equivalente al 230% de los impuestos evadidos ($4.536.338 actualizado a abril de 2015). No se condenó en costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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