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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
INVERSIONES VISCACHAS LTDA. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 26-06-2015 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: Miguel Andrés Massone Pardo
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de tasación de bien raíz no agrícola por reajuste superior al 100%, al no acreditarse errores en aplicación de tablas de clasificación ni procedencia de causal de mejoras agrícolas.
Inversiones Viscachas Ltda. reclama avalúo fiscal del terreno ubicado en Avenida Las Parcelas N°7950, Peñalolén, Rol 9005-10, con superficie de 117.215 m². El SII reajustó el avalúo en tasación general a contar del 1° enero 2013, fijando avalúo total de $9.381.973.232. La reclamante cuestiona aumento superior al 100%, argumentando que no se justifica por cambios en infraestructura, eliminación de coeficiente corrector, o inflación promedio de 4% anual. El inmueble se ubica en área homogénea XMB008 con uso mixto, predominancia equipamiento, categoría constructiva media y densificación baja.
El tribunal analiza si se verificaron causales de reclamación conforme artículos 149 N°2 y 4 del Código Tributario. Respecto del N°2 (aplicación errónea de tablas de clasificación): el tribunal estima acreditado que el área homogénea XMB008 tiene características técnicas específicas y que la Resolución N°132 fue aplicada correctamente, sin que la reclamante demostrara necesidad de ajustes por superficie, frente-fondo o altura. La prueba pericial aportada por la propia reclamante (informe de tasación residual) muestra valor notoriamente superior al avalúo cuestionado, lo que refuta su posición.
Se rechaza integralmente el reclamo de Inversiones Viscachas Ltda. contra el avalúo fiscal asignado en tasación general al bien raíz ubicado en Avenida Las Parcelas N°7950, Peñalolén, Rol 9005-10. Se condena en costas a la parte reclamante.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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