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Tribunal del Maule
PERUSINA CATRILEO con SII-VII DIRECCIÓN REGIONAL TALCA
Fecha: 02-07-2015 · Materia: Liquidación · Juez: Hernán Enrique Farías Sepúlveda
PARCIAL Modificatorio No Ha Lugar
Se rechaza reclamación contra liquidaciones de IVA y renta por facturas falsas y deficiencias contables, anulándose solo la liquidación prescrita. Se confirman las demás por incumplimiento de requisitos legales en el artículo 23 N°5 de la Ley de IVA.
Comerciante de productos agrícolas reclamó contra 15 liquidaciones del SII (21.02.2014) por diferencias en IVA, renta de primera categoría y reintegros, totalizando $63.490.859. El SII rechazó crédito fiscal por facturas alegadas falsas y contabilidad no fidedigna. El contribuyente argumentó pago mediante cheques nominativos con detalle en reverso, registros en libro auxiliar y cumplimiento formal de facturas. Presentó cheques que acreditaban pago de IVA pero de cuentas corrientes personales no registradas en contabilidad.
El tribunal estimó que las deficiencias contables (enmendaduras, registros al final de mes, gastos sin respaldo fehaciente) contravinieron fideginidad exigida. Respecto al requisito del artículo 23 N°5 LIVAS: (a) el pago fue solo del IVA no de la factura completa; (b) las cuentas corrientes no estaban registradas en contabilidad como exige la norma para quien lleva contabilidad obligatoria; (d) no se acreditó efectividad de operaciones. Estos requisitos son copulativos. La costumbre mercantil alegada no prevalece sobre normas tributarias por especialidad. La Liquidación N°1 fue anulada por pre
Se declara de oficio prescrita y anula Liquidación N°1. Se rechaza la reclamación respecto de Liquidaciones N°2 a 15, confirmándose estas. No se condena en costas por motivo plausible para litigar.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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