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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
CENCOSUD SHOPPING CENTERS S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 15-07-2015 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de Cencosud contra avalúo fiscal de centro comercial Alto Las Condes (2013), que fue tasado en $283.562.530.006. El tribunal confirma que el método de rentabilidad fue correctamente aplicado y que la reclamante no acreditó que el avalúo sea superior al valor comercial.
Cencosud reclama el avalúo fiscal del inmueble ubicado en Avenida Kennedy 9253, Las Condes (Rol 2063-29), donde funciona el centro comercial Alto Las Condes. El SII fijó avalúo total de $283.562.530.006 al 01/01/2013 (terreno: $201.531.483.768; construcciones: $82.031.046.238), representando aumento de 212,26% respecto a 2012. Cencosud alegó que el valor unitario de terreno ($2.385.948/m² o 104,30 UF/m²) excede el valor de mercado (60,39 UF/m²), invocando errores de clasificación y cálculo.
El tribunal analizó la prueba rendida. Confirmó que el SII utilizó método de rentabilidad (no comparativo) al no existir transferencias comparables de la propiedad. Las variables urbanas del área homogénea CAA076 (comercio, categoría alta, densificación alta) fueron correctamente identificadas. Restó mérito a las tasaciones comerciales de Cencosud por referirse a terrenos improductivos no comparables y a ofertas (no ventas efectivas). El informe de rentabilidad de Cencosud presentó deficiencias metodológicas: no acreditó suficientemente los valores de arriendo utilizados, aplicó 10,5 meses en
Se rechaza íntegramente el reclamo interpuesto por Cencosud Shopping Centers S.A. contra el avalúo fiscal del inmueble Rol 2063-29 de Las Condes. Cada parte paga sus propias costas, reconociendo al tribunal que la reclamante tuvo motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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