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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
INMOBILIARIA E INVERSIONES PUERTO MADERO LTDA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 14-10-2015 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: Miguel Andrés Massone Pardo
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de avalúo de bien común ubicado en Las Condes. Tribunal determina que reclamante no acreditó que avalúo fiscal fuera superior a valor comercial, por lo que desestima causales de error en clasificación y cálculo.
Inmobiliaria Puerto Madero reclama el avalúo fiscal del terreno del bien común rol 787-90101, ubicado en Avda. Presidente Riesco 5711, Las Condes. El SII determinó avalúo de $4.284.219.548 (39,41 UF/m²). Reclamante alega que valor fiscal es 1,85 veces superior al valor de mercado (19,5 UF/m²) y que áreas homogéneas generan inconsistencias. Sostiene que avalúo fiscal debe ser al menos 30% inferior a valor comercial conforme jurisprudencia.
El tribunal analiza las causales invocadas: error en aplicación de tablas de clasificación (art. 149 N°2 CT) y errores de cálculo (art. 149 N°3 CT). Examina prueba aportada: ofertas de Portalinmobiliario.com y Detalle Catastral. Concluye que ofertas de oferta no acreditan valor comercial del terreno y no son comparables. Determina que reclamante no acreditó que avalúo fiscal fuera superior a valor de mercado, presupuesto necesario para invocar las causales. Rechaza argumentación sobre relación 30/70 entre avalúo fiscal y comercial por ser cuestión de política tributaria, no de legalidad del av
Se rechaza íntegramente el reclamo de avalúo fiscal del bien común rol 787-90101. Se condena en costas a la parte reclamante. Se ordena cumplimiento administrativo de lo resuelto conforme artículo 6° letra B N°6 CT.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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