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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
AGRÍCOLA ALCANTARA LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 16-10-2015 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra cambio de serie agrícola a no agrícola de inmueble en Las Condes, al no acreditarse destino preferentemente agrícola ni susceptibilidad económica predominante de producción agropecuaria.
Agrícola Alcántara Limitada reclama contra resolución del SII que modificó el avalúo de un inmueble ubicado en Camino La Viña N° 11850, Las Condes (Rol 2420-33), de $20.824.251 a $2.837.182.496 a partir del 01.01.2013, cambiando su clasificación de serie agrícola a no agrícola. La empresa argumenta que el predio, de 2 hectáreas, mantiene desde 1953 explotación agrícola con cultivo de frutales y hortalizas, cuenta con derechos de agua inscritos y empleado residente. El SII constató mediante inspección del 23.11.2012 que el inmueble tiene construcciones habitacionales (casa principal 180 m², cas
El tribunal analiza si el predio está destinado preferentemente a producción agropecuaria o es económicamente susceptible de tal producción en forma predominante, conforme al artículo 1° de la Ley N° 17.235. Examina la prueba técnica del SII (visita 23.11.2012) que acredita construcciones de uso habitacional, concluyendo que la parte reclamante no proporcionó antecedentes sobre rentas agrícolas que permitan determinar destino preferente. Respecto de los coeficientes solicitados (guía 0,38 y corrector 0,60), el tribunal establece que la Resolución N° 132 de 2012 no fija coeficientes guías según
Se rechaza íntegramente el reclamo principal y subsidiario, confirmándose la Resolución EX SII N° A15.2013.00001641 de 25.04.2013 en todas sus partes. Se condena en costas a la parte reclamante.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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