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Tribunal del Biobio
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCION con I.L.S. Seguridad y Servicios Limitada
Fecha: 09-03-2016 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal condena a empresa por registrar cuatro facturas falsas para aumentar indebidamente crédito fiscal en IVA, aplicando multa del 170% de impuestos evadidos.
I.L.S. Seguridad y Servicios Limitada, representada por Iván Alejandro Velásquez Bahamondes, registró en noviembre de 2012 cuatro facturas falsas de proveedores inexistentes (Multicomercial Chillán Ltda., Julio Moena Oregón e Hijos Limitada, Casa Blanca Maquinarias y Transporte Limitada, y Danilo Fernando Bastias Henríquez) en su libro de compraventas. Con estas facturas fundó créditos fiscales declarados en formularios F29 y gastos en declaración de renta 2013. El SII determinó que dichas operaciones no se realizaron y que los documentos fueron emitidos a otros contribuyentes en distintas fec
El tribunal constató que la contribuyente no presentó descargos, por lo que no hubo controversia. Del análisis de la prueba documental aportada por el denunciante se acreditó que las facturas fueron contabilizadas como operaciones inexistentes. El representante legal desconoció a los proveedores en declaración jurada. Se confirmó que las operaciones de compra no se realizaron. Respecto a circunstancias atenuantes y agravantes del artículo 107 del CT, se consideró: ausencia de reincidencia (atenuante), grado de cultura suficiente del infractor (agravante), conocimiento de normas legales (agrava
Se confirmó el Acta de Denuncia de 6 de noviembre de 2015. Se declara que la contribuyente cometió la infracción tipificada en artículo 97 N°4 inciso 2° del CT. Se aplica multa de $36.047.244, equivalente al 170% de los impuestos evadidos reajustados a marzo 2016.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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