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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE con GUZMAN GONZALEZ
Fecha: 06-06-2016 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
Tribunal confirma infracción de omisión maliciosa de declaraciones mensuales de IVA (Formularios 29) entre abril-diciembre 2013 e impone multa del 50% del monto defraudado.
Rubén Marcos Guzmán González, comerciante de productos agrícolas, fue auditado por el SII a partir de enero 2014. Durante la auditoría se constató que entre abril y diciembre de 2013 omitió la presentación de declaraciones mensuales de IVA (Formularios 29) pese a realizar operaciones gravadas. El Libro de Compras y Ventas del período evidenciaba abundante movimiento comercial con créditos y débitos fiscales que debieron ser declarados. El perjuicio fiscal ascendió a $7.468.410. El contribuyente presentó autodenuncia en febrero 2014 y regularizó las declaraciones fuera de plazo en marzo 2014.
El tribunal analizó los cuatro requisitos del artículo 97 N°5 del Código Tributario: (1) existencia de obligación legal de presentar declaraciones tributarias para el IVA, cumplido conforme a artículos 51 y ss. del DL 825; (2) necesidad de esas declaraciones para determinar el impuesto, verificado; (3) omisión efectiva de 9 meses de declaraciones pese a operaciones realizadas, acreditado por Libro de Compras y Ventas; (4) malicia de la conducta, evidenciada por la reiteración del incumplimiento durante múltiples períodos, el abundante movimiento comercial sin declarar IVA y el beneficio direct
Se confirma el Acta de Denuncia N°03 de 22.04.16 por infracción al artículo 97 N°5 del Código Tributario. Se aplica multa de $4.210.094 (50% del monto defraudado debidamente actualizado) al contribuyente Rubén Marcos Guzmán González.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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