Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal de Coquimbo
AVELLO ESCOBAR con SII-DIRECCIÓN REGIONAL LA SERENA
Fecha: 24-04-2012 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT
RECHAZA No Ha Lugar
Se confirmó infracción por no emisión de boleta en servicio de confección de horno por $160.000, condenando a multa equivalente al 100% del monto y 2 días de clausura.
Rodrigo Avello Escobar prestó servicios de confección de horno de barro a Mirta Véliz Guerrero el 5 de julio de 2011, cobrando $160.000 mediante cheque. La cliente solicitó boleta, pero Avello no la emitió en su momento. Meses después, Véliz denunció la omisión ante el SII. Al concurrir Avello a tramitar timbraje en febrero de 2012, se notificó la infracción y emitió factura retroactivamente.
El tribunal estableció que conforme al artículo 52 del DL 825, toda persona que celebre contrato debe emitir boleta o factura por operaciones realizadas. El artículo 55 exige que en servicios la boleta se emita cuando se perciba la remuneración. Se acreditó la infracción del artículo 97 N°10 del CT mediante prueba: declaración de Véliz, copia de cheque, hoja de recomendaciones entregada por Avello, factura emitida posteriormente y confesión del demandado al no comparecer a absolver posiciones. El tribunal desestimó las agravantes alegadas por el SII por falta de prueba, considerando que son ci
Se rechazó el reclamo, confirmando la infracción. Se condenó al reclamante al pago de multa equivalente al 100% del monto de la operación ($160.000) y 2 días de clausura del establecimiento. No se condenó en costas por haber motivos plausibles para litigar.
Artículos citados:
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre 4.031 oficios + 830 circulares + 1.687 resoluciones del SII (2013-2026). Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.