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Tribunal de la Araucanía
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO con PUBS RESTORANT SALON DE BAILE SAN TORO LIMITADA
Fecha: 09-09-2016 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
ACOGE Ha Lugar
Se sanciona a representante legal de restaurante por utilizar 12 facturas falsas para aumentar maliciosamente crédito fiscal de IVA en períodos 2012-2014, infringiendo artículo 97 N°4 del Código Tributario.
El SII realizó control preventivo a empresa restaurante y detectó irregularidades. La contribuyente registró en libros de compras 12 facturas material e ideológicamente falsas de proveedores como Roberto Carlos García Montiel, aumentando créditos fiscales de IVA e incorporándolos en formularios 29 sin enterarlos al Fisco. Las facturas presentaban inconsistencias: numeración no correlativa, domicilios y giros distintos del mismo proveedor, timbración posterior a emisión. La representante legal María Isabel Rivas Sepúlveda realizó consulta web que le informó factura no autorizada, demostrando co
El tribunal considera probado que la contribuyente utilizó facturas falsas con dolo para disminuir carga tributaria de IVA. Las facturas carecían de requisitos legales: timbración posterior a emisión, numeración no correlativa, información incompleta en libros, montos máximos por período. La representante legal tuvo participación directa al registrar créditos falsos en formularios 29 y al realizar consulta web que le informó sobre falta de autorización. Los antecedentes demuestran conducta maliciosa consistente en varios períodos, con facturas de proveedores con domicilios y giros contradictor
Se declara probada la infracción del artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario y se sanciona a la representante legal por aumentar maliciosamente crédito fiscal mediante utilización de facturas falsas en períodos tributarios indicados.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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