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Tribunal de la Araucanía
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO con JIMENEZ ESCOBAR
Fecha: 26-09-2017 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
ACOGE Ha Lugar
Se sanciona a Erwin Jiménez Escobar por vender diez facturas falsas a contribuyente, configurando infracción del artículo 97 N°4 inciso quinto del Código Tributario.
El SII fiscalizó a Carolina Pezoa Medina durante 2014-2015 y detectó diez facturas falsas emitidas bajo el nombre de Antenor de la Cruz Echeverría Andrades. El proveedor declaró bajo juramento no conocer a Pezoa Medina ni haber realizado operaciones con ella. Se comprobó que las facturas eran materialmente falsas. Pezoa Medina reconoció en declaración jurada que adquirió las facturas falsas de Erwin Jiménez Escobar, pagando el 50% del crédito fiscal, con el propósito de rebajar su carga tributaria. Las diez facturas registran montos por $79.805.000 netos y $15.162.950 de IVA.
El tribunal constata la comisión de la infracción prevista en artículo 97 N°4 inciso quinto del Código Tributario, la cual no requiere perjuicio fiscal para su materialización. Se acredita que Jiménez Escobar actúa como autor consumado de la infracción al comercializar facturas materialmente falsas. Se valida la participación del denunciado como facilitador de documentos tributarios falsificados. Concurre la circunstancia agravante del artículo 107 N°8 del Código Tributario por facilitar facturas falsas a múltiples contribuyentes. El denunciado no presentó descargos dentro del plazo legal esta
Se declara que Erwin Washington Jiménez Escobar cometió la infracción tributaria prevista en artículo 97 N°4 inciso quinto del Código Tributario, condenándolo a las sanciones correspondientes por la venta de diez facturas falsas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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