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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE con COM. Y SERV. DE IMPRESION CRISTIAN FIGUEROA NORIEG
Fecha: 24-11-2017 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA
Tribunal condena por falsedad maliciosa en declaraciones F29 de IVA durante 10 períodos (mayo 2014-febrero 2015), imponiendo multa del 100% del tributo eludido.
Comercializadora y Servicios de Impresión Cristian Rodrigo Figueroa Noriega E.I.R.L., iniciada en actividades el 22.05.2012, emitió 170 facturas electrónicas de ventas entre mayo 2014 y febrero 2015, pero presentó declaraciones mensuales de IVA (formulario F29) declarando "sin movimiento" durante 10 períodos tributarios consecutivos, omitiendo así la declaración de débitos fiscales por esas facturas. El SII requirió antecedentes en marzo 2015 y detectó el incumplimiento. El perjuicio fiscal ascendió a $41.906.880 al 31.10.2015.
El artículo 97 N°4 inciso 1° del CT sanciona declaraciones maliciosamente falsas que induzcan a liquidación de impuesto inferior. Se exige: (a) presentación de declaración, (b) falsedad o incompletitud maliciosa, (c) dolo evidenciado por intención de privar al Fisco de impuestos percibibles según obligaciones legales y circunstancias, y (d) inducción a menor impuesto. El Tribunal aplicó sana crítica a documentación en custodia. Actos administrativos gozan presunción de legalidad desvirtuable por contrario. Se acreditó que contribuyente con conocimiento de obligaciones desde 2012 omitió deliber
Se confirma Acta Denuncia N°8 de 30.09.2016 por infracción al artículo 97 N°4 inciso 1° CT. Se aplica multa del 100% del tributo eludido, equivalente a $44.044.131 actualizado a noviembre 2017. Se ordena girar multa por SII.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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