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Tribunal del Maule
FEDERACIÓN GREMIAL TRANSPORTE PASAJEROS REG MAULE con SII-VII DIRECCIÓN REGIONAL TALCA
Fecha: 29-12-2017 · Materia: Liquidación · Juez: Hernán Enrique Farías Sepúlveda
RECHAZA No Ha Lugar
FETRAM reclamó liquidaciones por diferencias de IPC años 2009-2011 ($251.2M) fundadas en supuesta no prestación de servicios por subcontratistas TECTRANS y AVALON EIRL, rechazando que sentencias penales le sean oponibles.
FETRAM contrató con JUNAEB servicios de monitoreo, seguimiento y medición estadística de la Tarjeta Nacional Estudiantil (TNE). Para ejecutar el contrato, subcontrató a TECTRANS LIMITADA y AVALON EIRL para procesamiento de datos e informes. El SII emitió liquidaciones por diferencias de IPC años 2009-2011 argumentando que dichas empresas no prestaron los servicios contratados. FETRAM presentó documentación de respaldo y argumentó que los servicios fueron reales y necesarios. El SII fundamentó su acción en sentencias judiciales penales (RIT 6.207-2013) que condenaron al anterior presidente José
FETRAM alegó que: (1) las sentencias penales no le son oponibles por no haber sido parte ni interviniente en esos procesos, conforme al artículo 3° del Código Civil; (2) la Contraloría constató en su informe N° 155/2011 la efectiva prestación de servicios, reconociendo solo deficiencias regulatorias de JUNAEB; (3) existe inconsistencia en la postura del SII que reconoce que las acciones de monitoreo realizadas por federaciones no fueron cuestionadas, pero sí los servicios de las subcontratistas; (4) operó prescripción ordinaria de tres años conforme artículo 200 CT, siendo la citación notifica
No consta en el texto proporcionado la parte resolutiva completa del fallo, siendo el documento truncado en su sección final de considerandos y resolución.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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